El próximo jueves se aprobará definitivamente en Comisión de
Empleo el texto de la normativa que regulará el trabajo autónomo. A
continuación, enumeramos las 20
principales novedades que trae la normativa, que han sido
recopiladas por ATA. Fuentes
cercanas al proceso de aprobación aseguran que sólo quedan pequeños detalles en
enmiendas para la aprobación definitiva en dicha Comisión, esta misma
semana.
1. Los profesionales autónomos
podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización,
en función de sus intereses e ingresos.
2. Los autónomos podrán darse
de alta y de baja en el RETA, para que solo paguen por los días que
hayan trabajado.
3. Se amplía la, ya famosa, tarifa
plana de 50 euros a un año.
4. Los emprendedores podrán optar de
nuevo a la tarifa plana dos años después de haber finalizado la actividad
empresarial.
5. Se ha establecido una tarifa plana
de 50 euros de cuota para las mujeres que se reincorporen al trabajo después de
la baja por maternidad.
6. Se ha aprobado la exención del
100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o
dependientes.
7. Se ha corregido la cuota de
los autónomos societarios vinculándola a la subida del salario mínimo
interprofesional, de manera que se determine en los presupuestos generales del
Estado (PGE) cada ejercicio, y después de hablarlo con las asociaciones de
autónomos más importantes.
8. Se permite la compatibilización al
100% del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo.
9. Se han reducido los recargos
por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20%
al 10% en el primer mes.
10.
Se devolverá
el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin
que tengan que solicitarla.
11.
Los trabajadores por
cuenta propia podrán acceder a una formación adaptada a sus
necesidades, con el fin de mejorar su competitividad y consoliden su actividad
empresarial.
12.
Mejora de las
condiciones de los emprendedores con discapacidad.
13.
Se facilita y se
permite la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
14.
Se reconoce el accidente
in-itenere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los
profesionales autónomos.
15.
Se mejora la
formación en prevención de riesgos laborales en los profesionales autónomos.
16.
Se les da un mayor
protagonismo a los autónomos en la participación de las organizaciones.
17.
Las organizaciones
de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de
“utilidad pública”.
18.
Las organizaciones
también contarán con un año de plazo para entrar en el CES y para la
constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.
19.
Los autónomos
podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros, como el agua,
la luz, la electricidad y la telefonía, siempre que se trabaje desde casa.
20.
Se han establecido
deducciones por la manutención, cuando afecta directamente a la actividad, con
un límite de 26 euros diarios, siempre que puedan comprobarse a través de
medios telemáticos
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